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Estación de Penitencia

 

 

Esta Hermandad realizará su Estación de Penitencia en la tarde-noche del Viernes Santo.

La hora de salida, itinerario y entrada en el templo será la que acuerde la Junta de Gobierno y apruebe la Autoridad Eclesiástica. Si por causa de la lluvia, peligro inminente de ella u otra causa de fuerza mayor que así lo aconsejare, la Junta de Gobierno, reunida en cabildo extraordinario de oficiales, convocado al efecto por el Hermano Mayor o quien legítimamente le sustituya, decidiese suspender la Estación de Penitencia, se celebrará un acto de piedad con participación de todo el  cuerpo de nazarenos, finalizando con el Credo, Salve y Padrenuestro por los hermanos difuntos.
Si una vez iniciada la Estación se hubiera de interrumpir o modificar su recorrido, la decisión de tal medida será adoptada por el Hermano Mayor, Secretario y Fiscal.

Al Hermano Mayor, como cabeza de la Hermandad, o quien le sustituya si aquel no asistiese a la Estación de Penitencia, le corresponde la dirección y gobierno de la misma, debiendo todos guardar y cumplir cuanto disponga.
El Diputado Mayor de Gobierno velarán por el mayor comportamiento ordenado de la Cofradía, para lo que les auxiliarán en su cometido los Diputados de Tramos, que a propuesta suya nombrará cada año la Junta de Gobierno en número que se juzgue necesario, teniendo muy en cuenta para esta designación las aptitudes y celo que deben concurrir en los designados.

Para el mejor cumplimiento, de la Estación de Penitencia, se deberán cumplir las siguientes ordenanzas:
a)  Solo podrán formar parte de la Estación de Penitencia los miembros de la Hermandad que se encuentren con capacidad física suficiente para realizar la en su totalidad.
b)  Los hermanos nazarenos vestirán hábito compuesto por: Túnica y capa blancas con botonadura verde, antifaz y bocamangas de color verde. La túnica irá ceñida con cordón verde y a este irá atada la Cruz de la Hermandad.
c)  Queda terminantemente prohibido llevar cualquier signo externo que posibilite la identificación del nazareno o distintivo particular alguno.
d)  El hermano, vistiendo el hábito de la Hermandad, se dirigirá desde el lugar donde se vista de nazareno a nuestra Casa Hermandad, por el camino más corto y solo con la antelación suficiente para llegar a la hora fijada. No podrá andar vagando por las calles, ni detenerse ni entrar en parte alguna; observará en su actitud el mayor recogimiento y compostura, no pudiendo ir en grupo ni acompañado de persona alguna que no vista su mismo hábito; no podrá hablar ni hacer señas a nadie y en ningún caso podrá levantarse el antifaz. Igual actitud observará, terminada la Estación, al regreso.
En definitiva está prohibido todo aquello que desdiga del acto de penitencia que se practica.
e)  El hermano estará en la Casa-Hermandad a la hora señalada, quitándose el antifaz para su identificación recogerá el cirio o insignia y se le colocará en el lugar que se le designe.
f)  Una vez ocupado su sitio, no lo abandonará mientras dure la Estación de Penitencia. En caso de indisposición momentánea lo indicará al diputa do de tramo, quien la autorizará, cuando y si procediese, a abandonar su sitio, ocupándolo dicho diputado hasta el regreso del nazareno, que lo hará lo antes posible, por el camino más corto y sin vagar por dentro o fuera de la Cofradía.
g)  Si la indisposición fuera de tal naturaleza que tuviera que abandonar definitivamente su sitio, lo hará de la forma descrita anteriormente hasta su domicilio para no regresar más.
h)  Durante el curso de la Estación de Penitencia, el cofrade conservará con el que le precede la distancia que habrá sido marcada por el diputado de tramo y la línea con su compañero de fila contraria.
i)  Queda terminantemente prohibido la cesión de su túnica o lugar tanto a personas que no pertenezcan a la Hermandad como a otro hermano a quien no corresponda ocupar su sitio, estando obligado a descubrirse el rostro cuando fuese requerido para el lo, durante la Procesión, por el Director Espiritual, Hermano Mayor, Mayordomo y Diputados, y fuera de ella por cualquier miembro de la Junta de Gobierno.
j) El cofrade deberá guardar en todo momento el más absoluto silencio, centrando su atención en el acto de culto al que concurre.
k) Una vez formada la comitiva de hermanos nazarenos y rezadas las oraciones, se dirigirá esta a la iglesia Parroquial donde se iniciará la Estación de Penitencia con el siguiente orden:
Cruz de Guía, Senatus, Bandera del Cristo, Paso del Stmo. Cris­to, Bandera del Grupo Joven, Bandera Concepcionista, Estandarte y Paso de Virgen.

A los efectos de asignación de insignias y lugar de los hermanos de luz, se colocarán por orden de antigüedad, de mayor a menor, debiéndose tener presente las normas que dicte al efecto la Junta de Gobierno que fijará asimismo las limosnas que a cada uno corresponda por su papeleta de sitio. Pero si algún hermano no pudiera corresponder a las cantidades fijadas por razón de su situación económica, deberá ser dispensado de contribuir económicamente.

Los hermanos que deseen efectuar como costaleros la Estación de Penitencia, deberán tener cumplidos 18 años. En ningún caso se considerará ningún hermano con derecho adquirido para este menester mientras la Junta de Gobierno no lo juzgue necesario.
Dado el alto honor que ello representa, estos hermanos costaleros lo son por el tiempo que la Junta señale y se obligarán, aparte de lo previsto en las Reglas para todos los que realizan la Estación de Penitencia, a presentar un interés especial a la preparación necesaria para llevar a cabo, de la forma más perfecta y digna, su alto cometido, y vendrán sometidos en su realización, de forma especial, a cuanto la Junta de Gobierno acuerde al respecto y ordene el Fiscal responsable del paso y por el capataz que lo dirige, y en definitiva del Hermano Mayor como responsable máximo de la Hermandad en todos sus actos.

Pasada la Semana Santa y lo antes posible, el Diputado Mayor de Gobierno, los Diputados de Tramo, los Fiscales de Paso y con todos los responsables en algún modo, para examinar las incidencias de toda índole, ocurridas en la Estación de Penitencia. De esta reunión se elaboraré un detallado informe por el Mayordomo Y Diputado Mayor de Gobierno, que elevarán seguidamente a la Junta de Gobierno a los efectos oportunos.

 

   

 

 

 

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